TRAMITES





PRESTAMOS PERSONALES



REQUISITOS PARA SOLICITAR UN PRÉSTAMO


·         COPIA DEL ÚLTIMO TALÓN DE PAGO

·         COPIA DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL (INE y CREDENCIAL DEL TRABAJADOR)

EN UNA SOLA HOJA

TIPO DE PRÉSTAMO

·         ORDINARIOS (VERDE)

·         ESPECIALES (ROJO)



PREGUNTAS FRECUENTES


·         ¿SI AÚN ESTOY PAGANDO UN PRESTAMO VERDE, PUEDO SOLICITAR OTRO PRESTAMO VERDE?
- SI, siempre y cuando ya tengas pagado la mitad más una quincena.

·         ¿SI AÚN ESTOY PAGANDO UN PRESTAMO VERDE, PUEDO SOLICITAR OTRO PRESTAMO ROJO?
- No, para poder tener un préstamo especial (rojo) es necesario que no tengas adeudo.





 AYUDA DE TESIS 


Es un beneficio otorgado al trabajador de base que se encuentre estudiando e implique el titularse, presentando para ello una tesis. Se beneficia con un apoyo hasta con una cantidad máxima de $6,300.00 para el pago de tesis.
NOTA:
Si la factura es menor a $6,300.00 se pagará el monto de la misma, pero si es mayor a $6,300.00 se pagará únicamente esta cantidad.



 
REQUISITOS PARA SOLICITAR AYUDA DE PAGO DE TESIS

·         DOS COPIAS DE ACTA DE TITULACION.

·         ORIGINAL Y COPIA DE FACTURA (EN AÑO CORRIENTE) A NOMBRE DEL TRABAJADOR.

·         DOS COPIAS DE ULTIMO TALON DE PAGO.

·         DOS COPIAS DE IDENTIFICACIÓN OFICIAL (INE)








CONCEPTO 30 


Es un beneficio sindical para los trabajadores de la Secretaria de Salud el cual se otorga, según el código y las funciones que desempeñe el trabajador, este puede ser de bajo, mediano o alto riesgo,

·         BAJO RIESGO: Le corresponde una compensación sobre el sueldo tabular mensual del 7 %, aun descanso anual extraordinario de cinco días laborales, el cual no es acumulable con las vacaciones.
·         MEDIANO RIESGO: Le corresponde una compensación sobre el sueldo tabular mensual del 10 %, aun descanso anual extraordinario de ocho días laborales, el cual no es acumulable con las vacaciones.
·         ALTO RIESGO: Le corresponde una compensación sobre el sueldo tabular mensual del 20 %, aun descanso anual extraordinario de doce días laborales, el cual no es acumulable con las vacaciones.

NOTA: Aquellos trabajadores que no tengan el binomio código-puesto área, y no estén adscritos o prestando sus servicios en los centros de trabajo al cual pertenezcan, NO DISFRUTARAN DE LAS VACIONES DE RIESGO NI DEL CONCEPTO 30.
CAUSAS PARA PERDER EL CONCEPTO 30:
·         1.- Reubicación.
·         2.- Cambio de Adscripción.
·         3.- Licencias sin goce de sueldo.
·         4.- Comisiones.
·         5.- Reducción o ampliación de la jornada de trabajo.
6.- Promociones escalafonarias.
Para solicitar el Concepto 30, el trabajador deberá solicitar a la comisión auxiliar mixta de su unidad, a través del formato establecido. Posteriormente dicha comisión enviara la información a la comisión central mixta, esta a su vez sesionará para ver que trabajadores, podrá darles dicho beneficio, para después notificar al trabajador si fue aprobada o rechazada su solicitud atraves de sus representantes sindicales.





AYUDA DE LENTES 



Es un beneficio otorgado de manera anual al trabajador de base, el cual apoya hasta con una cantidad máxima de $1,200.00 para la compra de anteojos.
Nota:
Si la factura es menor a $1,200.00 se pagará el importe de la factura, si es mayor a $1,200.00 se pagará solo esta cantidad.
REQUISITOS PARA SOLICITAR LA AYUDA DE LENTES
·         ORIGINAL Y COPIA DE RECETA MEDICA (EXPEDIDA POR MEDICO PARTICULAR: EN HOJA MEMBRETADA, PRESCRIPCION DE GRADUACION DE ANTEOJOS Y FIRMA EN ORIGINAL DE MEDICO TRATANTE; EXPEDIDA POR ISSSTE: CON SELLO DE INSTITUCION, PRESCRIPCION DE GRADUACION Y FIRMA DE MEDICO TRATANTE).
·         ORIGINAL Y COPIA DE FACTURA (EN AÑO CORRIENTE) A NOMBRE DE TRABAJADOR.
·         DOS COPIAS DE ULTIMO TALON DE PAGO.
·         LLENAR EN DOS TANTOS SOLICITUD DE AYUDA DE PAGO DE ANTEOJOS. SE SOLICITA EN OFICINAS SINDICALES O CON EL REPRESENTANTE DE CADA UNIDAD.







FONDO DE AUXILIO POR DEFUNCIÓN 



REQUISITOS PARA ALTA O CAMBIAR BENEFICIARIOS

·         COPIA DE TU INE.
·         ULTIMO TALON DE PAGO.






BECAS 

Se entiende por Beca a la aportación económica que se otorga a la persona becaria por parte de la Secretaría de Salud y el Sindicato, con motivo de su aprovechamiento escolar o excelencia académica.
·         Las becas por aprovechamiento escolar se otorgarán a los trabajadores de la SSA (y/o, a uno de sus hijos o hijas) que cursen o estén cursando la primaria, la secundaria o el bachillerato.
·         Las becas de excelencia académica (sin ser acumulativa -en ningún caso- para el Trabajador o Trabajadora, con la beca de aprovechamiento escolar) se otorgarán a los trabajadores de la SSA (o, a uno de sus hijos o hijas) que cursen o estén cursando estudios de nivel licenciatura o postgrado.

Tendrá derecho a participar en la asignación de la beca por aprovechamiento escolar y de excelencia académica, tanto la trabajadora como el trabajador, así como una de sus hijas o hijos, siempre y cuando cumplan con los requisitos que en la convocatoria venga estipulada. Con el propósito de estimular el aprendizaje, se procurará que la Persona Becaria que hayan resultado beneficiadas en un ciclo anterior. Puedan continuar con la beca de aprovechamiento escolar, en el caso de tener una calificación de 9 (Nueve) o más, si su promedio fuera inferior a 9 (Nueve), podrán continuar con la beca, siempre y cuando conserven o eleven la calificación en el caso de las becas de aprovechamiento escolar y la beca por excelencia académica, siempre y cuando conserven o eleven la calificación. Este beneficio estará sujeto al número de becas y de conformidad con el presupuesto autorizado para tal efecto

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