Por este conducto hacemos de su conocimiento los acuerdos tomados por la Subcomisión para la Reglamentación de la contratación de Recursos Humanos en el Distrito Federal referente a las plazas regularizadas el pasado 31 de mayo y que nos fue entregada copia de minuta el día 16 de junio del 2011
ACUERDOS
PRIMERO.- Se establece que a los trabajadores denominados "regularizados" les corresponde la aplicación integral de las Condiciones Generales de Trabajo vigentes en la Secretaría de Salud.
SEGUNDO.- Se establece que a partir del 16 de junio del 2011, los trabajadores denominados "regularizados" disfrutarán de la totalidad de derechos y prestaciones de índole económica estipulados en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes en la Secretaria de Salud.
TERCERO.- Se establece que a los trabajadores denominados "regularizados" les corresponde el pago de la Compensación sobre el sueldo tabular mensual conocida como ”Concepto 30”. Así mismo, les corresponde el disfrute del Periodo de Descanso Anual Extraordinario conocido como “Vacaciones de riesgos".
El procedimiento a seguir consiste en que a partir del 16 de junio del 2011, la Comisión Auxiliar Mixta de Seguridad e Higiene de cada uno de los Centros de Trabajo que conforman los Servicios de Salud Pública en el DF, sesionará para enlistar en el Acta correspondiente a los trabajadores denominados "regularizados" que sean identificados como trabajadores que desarrollan sus funciones en áreas nocivo-peligrosas de alto, mediano o bajo riesgos, según corresponda. Posteriormente, la Comisión Central Mixta de Seguridad e Higiene de los Servicios de Salud, Pública del DF recibirá las Actas para proceder a validar los listados; finalmente y de manera inmediata se otorgarán dichos beneficios a los trabajadores denominados "regularizados" que resulten validados.'
CUARTO.- Se establece que a partir del 16 de junio del 2011, la jornada de trabajo para los trabajadores denominados "regularizados" que tengan alguno de los códigos de “Apoyo Administrativo en Salud' será de 7 horas.
Este es un paso más para el cumplimiento de los compromisos que tenemos con nuestros compañeros regularizados, por lo que ante cualquier violación a nuestras Condiciones Generales de Trabajo les pedimos que nos lo hagan saber para inmediatamente intervenir con la fuerza que nos da tu apoyo.
hola compañeros soy tambien colega medico regularizado en Jalisco, y estoy leyendo esta informacion con respecto a la aplicacion integral de las CGT 2010-2013 y el concepto 30 tan merecido, les pregunto esto es en general para todo el pais no asi? ya que aqui nuestra delegada sindical sntsa 28, comenta que del concepto 30 ni para cuando, entonces si ya se habia anunciado es aplicacion por que se nos dice esto aqui, saben algo al respecto se los agradeceria
ResponderEliminarKarlos:
ResponderEliminarTienen razón tus compañeros de la sección 28 de Jalisco, lo que sucede es precisamente lo que sucedió en un principio cundo se crearon las plazas precarias, que se fue dando paulatinamente en diversos estados y el D.F. fue el último.
Ahora nosotros en el D.F. somos los primeros en acceder a este tipo de prestaciones para los regularizados y después se aplicará a los demás estados. Cuándo llegue a Jalisco, no sabemos, mucho depende de la asignación de recursos económicos.
muchas gracias por la respuesta, pues ha esperar un poco mas, vamos haciendo bien las cosas, saludos...
ResponderEliminarramon
ResponderEliminarhola compañeros soy trabajador regularizado, en el caso mio me dice mi delegada que no tengo derecho a caja de ahorro y los compañeros de mi dependencia que tambien son regularizados si tienen este derecho. Por otra parte quiciera saber cuando nos va a llegar el concepto 30 soy de Sonora y mi sindicato es SNTSA SECCION 43. Quisiera saber la direccion de sus oficinas en el DF. De antemano gracias y espero su respuesta.
Ramón, perdón el retraso, pero me llama la atención que a alguos compañeros tuyo si les otorgan el derecho a la caja de ahorro como la llamas tú, se llama FONAC, Fondo de Ahorro Capitalizable, ya que el acuerdo es que a los regularizados se les pague lo incluido en las CGT y eso no está, es una prestación del Gobierno. En cuanto al concepto 30, que sí es prestación de las CGT, todo depende de la coordinación de tu sección con las autoridades de su OPD.
ResponderEliminarhola y que hay de las becas para el personal regularizado??
ResponderEliminarTengo la misma pregunta que Guillermina, de antemano gracias por la información.
ResponderEliminarHola me llamo María Raquel Aragón García Química Bióloga soy personal regularizado y trabajo en el Hospital "Dr. Manuel Velasco Suarez" de San Pablo Huixtepec, del Estado de Oaxaca, y me da mucho gusto haber encontrado información tan interesamente y completa de la SNTSA NÚMERO 13, acá en Oaxaca estoy esperando encontrar información sobre SNTSA 35, pero todavía está en formación la página de mi Sindicato.
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